comunicación e información de la mujer
viernes 13 de octubre del 2000

  • Contrataque panista a “Ley Robles”, sin sustento jurídico

  • La protección de la vida desde la concepción, fuera de la legislación mexicana

    México DF, OCT 13, 2000 (Sonia del Valle/CIMAC).- En la legislación mexicana hasta ahora no se ha incluido “la protección de la vida desde el momento de la concepción”, señaló la abogada Claudia Barrón, del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos Humanos de las Mujeres (Cladem), tras revisar la acción de inconstitucionalidad que presentó el Partido Acción Nacional (PAN) a la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la llamada “Ley Robles”.

    La abogada, quien preside igualmente la Red Nacional de Abogadas Feministas, indicó en entrevista con esta agencia de noticias, que “nuestro país siempre ha aceptado, por el contrario, el derecho de las mujeres a interrumpir un embarazo, lo que queda de manifiesto en las legislaciones de los estados y en el propio Código Penal Federal, que data de 1931”.

    Explicó que uno de los argumentos que expone el PAN para afirmar que se violenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con la causal de aborto por motivos eugenésicos --propuesta por la jefa de Gobierno del Distrito Federal Rosario Robles y aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal-- son las convenciones y pactos internacionales que el gobierno mexicano ha firmado y ratificado.

    Dijo que de las siete convenciones y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales expuestas en la acción de inconstitucionalidad como prueba para el PAN, solo en la Convención Americana sobre Derechos Humanos se asienta en el artículo cuarto la protección de la vida desde el momento de la concepción, pero el gobierno mexicano hizo una reserva interpretativa a dicho artículo.

    La reserva del gobierno mexicano señala que “no considera la obligación de acatar la fracción primera del artículo cuarto, toda vez que lo estipulado constituye un dominio reservado de los Estados”, es decir para el gobierno de cada país, abundó Barrón.

    Sobre el tema de equiparar legalmente la eutanasia con la causal del aborto por motivos eugenésicos, es decir malformaciones genéticas o congénitas graves que pongan en peligro la vida del producto, la abogada Barrón destacó que es imposible no sólo equiparar ambas situaciones, porque la eutanasia se aplica a individuos ya nacidos, sino que acogerse a los artículos 17 y 14 constitucionales para afirmarlo por parte del PAN, “es una mala correlación jurídica”.

    Destacó que en el documento que presentó el PAN a la Suprema Corte de Justicia de la Nación alegan que con la causal eugenésica se violan los artículos 14 y 17, el primero relativo al debido proceso judicial y el segundo sobre que ninguna persona puede ser condenada sin juicio previo, ambos requieren de que la persona haya nacido y pueda ejercer sus derechos legalmente.

    Finalmente dijo que ni en la Declaración Universal de Derechos Humanos existe el acuerdo internacional sobre la protección de la vida desde la concepción y sí por el contrario en el estatuto de la Corte Penal Internacional y la jurisprudencia internacional sobre todo a raíz de los conflictos armados en la ex Yugoslavia, se establece el embarazo forzado como una forma de tortura para las mujeres. Como fue el caso de Paulina, una niña de 13 años que fue obligada por el gobierno panista de Baja California, a tener el hijo producto de una violación.

    > Noticias del Día