comunicación e información de la mujer
jueves 7 de junio del 2001

  • Hay rezago legislativo en la materia: Olamendi

  • Necesario considerar como delito violencia a las mujeres

    Cancún, México, 7 de junio, 2001 (Lydia Cacho, corresponsal CIMAC).- Es necesaria la revisión de los códigos y procedimientos civiles y penales de México, como medida para abatir el rezago en materia de legislación sobre violencia hacia las mujeres en el país, consideró la asesora del Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (Unifem), Patricia Olamendi.

    Entrevistada antes de concluir el Simposio 2001: “Violencia de Género, Salud y Derechos en las Américas”, en esta ciudad, la abogada destacó que la violencia de género sigue sin ser considerada un delito en la mayoría de los estados de la república, y aunque se ha avanzado en la creación de leyes, éstas son en general de atención y prevención, mas no la tipifican como delito.

    Ante la pregunta de cuáles han sido los factores para frenar el avance legislativo, Olamendi habló sobre los prejuicios que aún permean entre quienes legislan y aplican las leyes, e insistió en que la ciudadanía debe reclamar a las y los legisladores la revisión de los códigos penales.

    Agregó que resulta “ridículo” que todavía se hable de la violación sexual como “actos de impudicia”, “atentados al honor” o “atentados físicos”. Se requiere discutir los casos de violación con el lenguaje adecuado, para que se tipifique en los códigos de manera específica y considerar también de manera específica la violación anal u oral.

    Señaló que se debe discutir la posibilidad de sumar las penalidades que son muy cortas, por acumulación; es decir, sumar violencia física, más violación, más lesiones. En casos de estupro, por ejemplo, se sigue pidiendo la prueba de castidad y honestidad de la menor abusada para considerarlo delito y en la mayoría de los estados de la República aún se recomienda el matrimonio como medida absolutiva para el violador.

    “Tenemos leyes antiguas que van en contra de los derechos humanos de las mujeres, del principio de igualdad y del artículo cuarto constitucional”, enfatizó y recordó que “nuestra legislación en este tema es del siglo 18”.

    Por último expresó que si la violencia no está considerada como delito, no se registra y si no se registra no se ve el problema real, y como consecuencia final no se aplica la ley.

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