comunicación e información de la mujer
semana del 19 al 25 de septiembre del 2000

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  • Difícil el acceso de las costarricenses en la política

    SAN JOSE, Costa Rica, SEP, 2000 Yadira Calvo (FEMPRESS) El 30 de julio de 1950, en Costa Rica, 348 mujeres pudieron ejercer por primera vez sus derechos de ciudadanía en un plebiscito. Medio siglo después, el país celebraba el suceso en medio de discursos y reconocimientos públicos. Aunque bien mirado, y aún sin mirar muy bien, es evidente que entonces y hasta ahora, lo único que en la práctica se ha cumplido es la mitad de aquel derecho.

    Tanto entonces como ahora, difícilmente las mujeres logran puestos de elección popular. Cuando, en 1952, nuestras madres y abuelas pudieron votar en unas elecciones presidenciales, llegaron tres de ellas a la Asamblea Legislativa. Hoy, casi medio siglo después, tenemos 11 y apenas por segunda vez una mujer preside ese organismo.

    Bien sabe cualquier persona aunque no sepa mayor cosa, que no basta con que se declare un derecho: se deben establecer los mecanismos necesarios para garantizar que se ejerza.

    Cuando al cabo de muchos años se llegó a entender esto, se fijó una cuota mínima de 40 por ciento para mujeres, o dicho de forma más correcta, una cuota máxima del 60 por ciento para cada sexo, en las papeletas diputadiles y municipales. Hecho eso y como ha señalado la ministra de la Condición de la Mujer, Gloria Valerín, a lo largo de la historia no hemos alcanzado ni la mitad de eso en la Asamblea Legislativa y, en otros casos, ni un cinco por ciento quedamos relativamente satisfechas.

    Pero como nunca llueve a gusto de todos, casi de inmediato surgieron las objeciones y protestas más o menos veladas. Mientras algunos sugerían que pronto el país sería gobernado por faldas, con toda la carga ideológica que implica tal denominación, otros exigían que las que conformaran las listas tuvieran la inteligencia de Hipatia o de Marie Curie, y mejor si fuera la de las dos juntas; y todavía unos terceros estimaban muy injusto que en función de la igualdad se les limitara a los hombres sus viejas y rancias prerrogativas.

    Pero pronto, para su tranquilidad y nuestro disgusto, se dieron cuenta de que saltaban sobre un hormiguero vacío, porque también pronto los partidos políticos habían encontrado el recurso para burlar el espíritu de la ley, colocando nombres femeninos más o menos en el número requerido pero en sitios de relleno.

    Esto motivó una nueva corrección por parte del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), el cual, el 23 de septiembre de 1999, mediante la resolución Nº 1863, al interpretar que este porcentaje debería aplicarse en puestos elegibles, garantizó que se respetaría ese 40 por ciento. Sólo que al mismo tiempo, en beneficio de los que seguían sintiendo incómodos picores, lo que con una mano nos daba con la otra nos lo quitó, abriendo un disimulado y peligroso portillo al determinar que fueran los partidos políticos quienes establecieran las fórmulas para garantizar el porcentaje.

    Hasta ahora, el Partido Liberación Nacional sólo ha cumplido con una cuota de 30 por ciento; el Unidad Social Cristiana (PUSC) cumplió con las cuotas en las papeletas distritales y municipales, pero no en las diputadiles, y ninguno, ni grande ni pequeño, están destinando, como se estableció, parte de su presupuesto a capacitar y formar políticamente a sus partidarias mediante los fondos para la campaña otorgados por el Estado.

    Los partidos pequeños consideran inconstitucional que se les mande a competir en igualdad de condiciones con los grandes, porque, según sus argumentos, no es lo mismo, para el caso, contar con un espacio que con 30. O sea que ahora lo que se les atascaba en la garganta no sólo era el trago amargo de ceder espacio a las mujeres, sino el de la misma competencia entre ellos.

    Pero como la mentalidad patriarcal es generosa en satisfacer las demandas y malestares de los que la sostienen, unos pocos meses después, el mismo TSE, ante una consulta del Partido Acción Laborista Agrícola (PALA), les ofrece la medicina que ellos buscan. Para ello resuelve que siempre que se respete la cuota de 40 por ciento, "la lista de candidatos a diputados, puede ser conformada indistintamente por hombres y mujeres, con independencia del lugar que ocupen", en virtud de que "sólo existe un puesto elegible de acuerdo con el pasado electoral del partido".

    Como lo ha señalado Nuria Marín ("Participación femenina", La Nación, 2/VIII/00) esta interpretación abre la puerta a que los partidos minoritarios o los nuevos "perpetúen la histórica discriminación que han sufrido las mujeres costarricenses". En consecuencia, ella plantea la lógica necesidad de que también en los partidos nuevos y los pequeños, cuando una lista la encabece un hombre, el segundo puesto sea ocupado por una mujer; y de que el orden de estos lugares se alterne en elecciones sucesivas.

    Y aunque declara no dudar de que "habrá muchas presiones y mecanismos de toda índole para invalidar o disminuir nuestra conquista", anuncia que acudirá al Tribunal a pedir que se reconsidere tal resolución. Actitud plenamente razonable puesto que las mujeres, en cuanto a derechos, tenemos que regirnos siempre por la idea de que más vale un "por si acaso" que un "pensé que".

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